La Responsabilidad In Vigilando

La responsabilidad in vigilando es una forma de responsabilidad civil que recae sobre una persona o entidad que, por su posición, tenía el deber de supervisar, controlar o vigilar a otra, y no lo hizo adecuadamente, permitiendo que esta última causara un daño a un tercero.

Es una figura jurídica ampliamente reconocida en el derecho español y se basa en la idea de culpa por omisión del deber de vigilancia, que, aunque no está definida expresamente como una figura autónoma en el Código Civil, se deduce de varios preceptos, entre ellos:

  • Artículo 1903 del Código Civil, que establece la responsabilidad de padres, tutores, maestros y titulares de centros de enseñanza por los daños causados por las personas bajo su custodia, cuando no se ha ejercido la vigilancia debida.
  • También puede aplicarse por analogía en otros contextos, como en el ámbito laboral, empresarial o administrativo.

En el Ámbito empresarial, una empresa puede incurrir en responsabilidad in vigilando si sus empleados, actuando en el ejercicio de sus funciones, causan daños, y se prueba que la empresa no puso los medios para prevenir esos actos, y en el caso de la Administración, se puede derivar esta responsabilidad cuando la administración no vigila adecuadamente el cumplimiento de sus competencias (por ejemplo, omisión en la supervisión de concesionarios, empresas contratadas, etc.).

Para evitar esta responsabilidad, quien tiene el deber de vigilar puede demostrar que actuó con toda la diligencia exigible, aplicando protocolos de control, supervisión o instrucciones adecuadas. En otras palabras, la carga de la prueba se invierte en parte, ya que la persona obligada a vigilar debe justificar que hizo lo posible para evitar el daño.

Siendo más buena persona que Teresa de Calcuta, podría ser razonable plantearse la posibilidad de que Pedro Sánchez, como presidente del Gobierno, no estuviera al tanto de todos los detalles concretos de cada una de las investigaciones que la UCO está sacando a la luz.

Es difícil pensar que no estuviera al tanto al menos de las relaciones profesionales de su esposa con ciertas empresas o fundaciones o sobre un familiar directo como es su hermano, (manda huevos parafraseando al Sr. Trillo).

En el caso de Santos Cerdán, Koldo y Ábalos, por cierto, figuras clave en el aparato del PSOE y en la gestión de gobierno (especialmente Ábalos), aunque no supiera detalles concretos de presuntas irregularidades, es muy difícil pensar que no tuviera conocimiento de al menos rumores o señales internas de alarma.

Y ya cerramos con el fiscal general del Estado, un cargo propuesto por el Gobierno, y por tanto con responsabilidad política directa. Cualquier sombra sobre su actuación afecta directamente a la imagen del Ejecutivo, aunque formalmente su independencia esté garantizada.

Es cierto que no se puede afirmar con total certeza si Pedro Sánchez conocía o no todo lo que ahora señalan los informes de la UCO. Pero, si camina como un pato, nada como un pato y grazna como un pato, … entonces es razonable pensar que conocía todo o parte de lo que ocurría, especialmente con figuras cercanas a su familia, al poder político y a su gabinete.

Entonces, creo que no hay más que dos alternativas, o pensar que tenemos un presidente que es tonto de baba, o bien, en línea con su trayectoria, puesta de manifiesto desde el primer día, manipulación de las primarias, plagio de su doctorado, mentiras por millares, promesas incumplidas de todo tipo, asalto a todas las instituciones del estado…, estamos ante el mayor corrupto (bien definido por cierto por la RAE) de la historia de España. Mira por donde, yo me quedo con la segunda alternativa.

En todo caso, con independencia de la evolución de las responsabilidades judiciales, ya es hora de que la ciudadanía exijamos de una vez por todas la responsabilidad política, porque, aunque no era fácil superar a Zapatero, este perverso y torcido presidente, lo está consiguiendo.

José García Cortés

        14-6-25

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